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Signos / Número 19
 ¿Dirección privada para una educación pública?
Ángel San Martín Alonso 
Francisco Beltrán 
 Durante los últimos años hemos asistido a, una larga etapa de reformas del sistema escolar cuyo fin no ha sido, como pudiera parecer, la controvertida Ley Orgánica 9/19951 (conocida como Ley Pertierra y a la que en lo sucesivo nos referiremos con las siglas LOPEG) sino el conjunto de las transformaciones materiales a las que tanto la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) como la propia LOPEG están dando lugar en la vida de los centros escolares, en la cultura del profesorado y en la modificación de las imágenes que una y otra proyectan sobre el conjunto de la ciudadanía. Paradójicamente, algunas de las pretensiones declaradas de la LOGSE pueden verse negadas o imposibilitadas de manera efectiva por la aplicación de determinados aspectos regulados por la LOPEG. En concreto, tanto los centros escolares como los profesores, aspectos ambos eludidos por la reforma del sistema educativo, se convierten ahora en los núcleos de la transformación pretendida por las dos leyes orgánicas ya citadas. Para esta maniobra se cuenta como pieza clave con la modificación del acceso y de las funciones atribuidas a la figura de la dirección de los centros escolares.
 
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